El comprador no transfiere
Por dejadez, por intentar ahorrarse el ITP, porque "ya lo hará". Mientras tanto, las multas las pagas tú.
Has vendido el coche pero el comprador no ha transferido a su nombre. Sigues figurando como titular: las multas, el IVTM y los embargos siguen llegándote a ti. La notificación de venta ante la DGT te libera oficialmente: a partir de la fecha de comunicación, ya no eres responsable.
Mucha gente piensa que vendiendo el coche "ya está hecho". No es así. Hasta que la DGT no recibe la comunicación, sigues siendo el responsable legal:
Por dejadez, por intentar ahorrarse el ITP, porque "ya lo hará". Mientras tanto, las multas las pagas tú.
Cada radar, cada zona azul, cada infracción ajena va a tu dirección. Recurrir cuesta tiempo y abogados.
El ayuntamiento te pasa el recibo del impuesto de circulación. Año tras año hasta que aparezca en el registro otro titular.
Si Hacienda o la Seguridad Social embarga al comprador, pueden trabar el coche. Y tú figuras como titular.
Si el comprador tiene un accidente sin seguro, tu nombre puede aparecer en el atestado como titular del vehículo.
La notificación cuesta una fracción de lo que cuesta una sola multa. Y elimina el problema de raíz.
Tres pasos, todo desde casa:
Si firmasteis un contrato (lo recomendado) lo subes. Si no, podemos generar uno a partir de los datos que recuerdes.
Tramitación telemática el mismo día. Pagamos la tasa DGT 4.4 en tu nombre.
Recibes el justificante por email. A partir de esa fecha, no eres responsable de nada que ocurra con el vehículo.
No. La transferencia la hace el comprador para poner el coche a su nombre. La notificación de venta la hace el vendedor para informar a la DGT de que ha vendido. Son trámites complementarios: si el comprador no transfiere, la notificación te protege a ti.
El plazo legal son 10 días desde la venta. Pero puedes hacerla en cualquier momento: si vendiste hace 3 meses y aún no la has hecho, hazla hoy mismo. Cuanto antes, mejor.
Te ayudamos a redactar uno con los datos disponibles (DNI del comprador, matrícula, fecha aproximada, importe). Si no tienes el DNI del comprador, podemos solicitarlo a la DGT con tu autorización.
Las multas posteriores a la fecha de la venta son recurribles aportando el contrato de compraventa. Si tienes multas pendientes, podemos revisarlas y orientarte sobre cómo recurrir. La notificación de venta evita que sigan llegando.
La DGT le requerirá oficialmente para que regularice. Si pasados los plazos no transfiere, puede recibir sanciones específicas. En cualquier caso, tú ya estás protegido desde la fecha de notificación.
Si vendiste tu coche y el comprador no ha transferido, no esperes a la siguiente multa. Notifica la venta hoy mismo y desentiéndete oficialmente del vehículo.